24 mayo 2017

Versión en español del CÓDIGO DE ÉTICA Y BUENAS PRÁCTICAS del Committee on Publication Ethics (COPE)

que suscribe RED

Siguiendo las indicaciones que Elsevier nos hizo llegar [1], RED suscribe el CÓDIGO DE ÉTICA Y BUENAS PRÁCTICAS deCommittee on Publication Ethics (COPE) y su Código de Conducta.

La versión original en inglés ahora ha sido, por ese motivo, traducida y adaptada al español por Susana Álvarez Álvarez y Miguel Zapata Ros. A ella se puede acceder desde la portada web de nuestra revista y reproducida a continuación de forma íntegra.

Esta traducción adaptada esta disponible bajo una licencia de Creative Commons Attribution-NonCommercial 4.0

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[1] En el mensaje en respuesta a nuestra solicitud de ser integrados en el índice y base de datos de Scopus-Elsevier se nos hizo llegar literalmente este texto en el mensaje de respuesta
The website of this title must make available a recognized publication ethics and malpractice statement in English (as it should be readable for an international audience). For further guidance, please visit this pagePlease visit this direct link for guidelines on creating a publication ethics and malpractice statement and what it should adhere to: Publication Ethics and Malpractice Statement requirements
  El sitio web de su revista debe poner a disposición [de los lectores] una declaración, que reconoce, de ética y mala práctica en inglés (de manera que se espera que sea legible para una audiencia internacional). Para más información, visite esta página
     Visite este enlace directo para obtener directrices sobre la creación de una declaración de ética y negligencia en la publicación y sobre lo que debe cumplir: Requisitos de la Declaración de ética y negligencia en la publicación.









COPE Committee on Publication Ethics
CÓDIGO DE CONDUCTA Y MEJORES PRÁCTICAS
DIRECTRICES PARA EDITORES DE REVISTAS
Publicationethics.org
Versión 4
Aprobado el 7 de marzo de 2011
Publicado en marzo 2011[1]

Traducción y adaptación:
11 de mayo de 2017
Susana Álvarez-Álvarez, Universidad de Valladolid. España.
Miguel Zapata-Ros, Universidad de Murcia. España

Antecedentes / estructura

El Código de Conducta COPE para Editores de Revistas está diseñado para proveer de un conjunto de estándares mínimos al que se espera que todos los miembros de COPE se adhieran. Las Directrices sobre las Mejores Prácticas son más ambiciosas y se desarrollaron en respuesta a las peticiones de orientación por parte de los editores sobre una amplia gama de cuestiones éticas cada vez más complejas. Aunque COPE espera que todos los miembros se adhieran al Código de Conducta para los Editores de Revistas (y considerará la presentación de reclamaciones contra los miembros que no lo hayan seguido), somos conscientes de que los editores pueden no ser capaces de implementar todas las recomendaciones de Mejores Prácticas (que son voluntarias), pero esperamos que nuestras sugerencias identifiquen aspectos en relación con la política y las prácticas de la revista que puedan ser revisados y discutidos.

En esta versión combinada de los documentos, las normas obligatorias que integran el Código de Conducta para los Editores de Revistas se muestran en letra redonda y con cláusulas numeradas; por otra parte,  las recomendaciones en relación con las Mejores Prácticas aparecen en cursiva.

1. Deberes y responsabilidades generales de los editores
1.1. Los editores deben ser responsables de todo lo publicado en sus revistas.
Esto significa que los editores deben:
1.2. Tratar de satisfacer las necesidades de los lectores y autores;
1.3. Esforzarse para mejorar constantemente su revista;
1.4. Establecer procesos para asegurar la calidad del material que publican;
1.5. Abogar por la libertad de expresión;
1.6. Mantener la integridad del historial académico de la publicación;
1.7. Impedir que las necesidades empresariales comprometan las normas intelectuales y éticas;
1.8. Estar siempre dispuesto a publicar correcciones, aclaraciones, retracciones y disculpas cuando sea necesario.

Las Mejores Prácticas para los editores incluirían las siguientes acciones:
• Buscar activamente las opiniones de los autores, lectores, revisores y miembros del Consejo Editorial sobre cómo mejorar los procesos de la revista;
• Fomentar y conocer las investigaciones sobre la revisión por pares y publicar y reevaluar los procesos seguidos por la revista a la luz de estos nuevos hallazgos;
• Trabajar para persuadir al editor de la publicación para que proporcione los recursos apropiados, así como la orientación de expertos (por ejemplo, diseñadores, abogados);
• Apoyar iniciativas diseñadas para reducir las malas conductas en relación con la investigación y la publicación;
• Apoyar iniciativas para educar a los investigadores sobre la ética de las publicaciones;
• Evaluar los efectos de la política de la revista sobre el comportamiento del autor y del revisor y revisar las políticas, en caso necesario, para fomentar un comportamiento responsable y desalentar la puesta en práctica de malas conductas;
• Asegurar que los comunicados de prensa emitidos por la revista reflejan fielmente el mensaje del artículo sobre el que versan y ponerlos en contexto.


2. Relaciones con los lectores
2.1. Se debe informar a los lectores sobre quién ha financiado la investigación u otro trabajo académico, así como sobre el papel desempeñado por el financiador, si este fuera el caso, en la investigación y en la publicación.
Las Mejores Prácticas para los editores incluirían las siguientes acciones:
• Velar por que todos los informes y las revisiones de la investigación publicados hayan sido revisados ​​por personal cualificado (incluyendo revisiones estadísticas cuando sean necesarias);
• Garantizar que las secciones no revisadas por pares de la revista están claramente identificadas;
• Adoptar procesos que fomenten la exactitud, integridad y claridad de los informes de investigación, incluida la edición técnica y el uso de directrices y listas de verificación apropiadas (por ejemplo, MIAME, CONSORT2);
• Considerar el desarrollo de una política de transparencia para fomentar la divulgación máxima de los artículos que no son de investigación;
• Adoptar sistemas de autoría o contribución que promuevan buenas prácticas, es decir, que reflejen quién realizó el trabajo4  y desmotiven la puesta en práctica de malas conductas (por ejemplo, autores fantasma y autores invitados);
• Informar a los lectores sobre las medidas adoptadas para garantizar que las propuestas presentadas por los miembros del personal de la revista o del Consejo Editorial reciben una evaluación objetiva e imparcial.


3. Relaciones con los autores
3.1. Las decisiones de los editores de aceptar o rechazar un documento para su publicación deben basarse en la importancia, originalidad y claridad del artículo, en la validez del estudio, así como en su pertinencia en relación con las directrices de la revista;
3.2. Los editores no revocarán las decisiones de aceptar trabajos a menos que se identifiquen problemas graves en relación con los mismos;
3.3. Los nuevos editores no deben anular las decisiones tomadas por el editor anterior de publicar los artículos presentados, a menos que se identifiquen problemas graves en relación con los mismos;
3.4. Debe publicarse una descripción detallada de los procesos de revisión por pares y los editores deben estar en disposición de justificar cualquier desviación importante en relación con los procesos descritos;
3.5. Las revistas deben tener un mecanismo explícito para que los autores puedan apelar contra las decisiones editoriales;
3.6. Los editores deben publicar orientaciones para los autores sobre todos aquellos aspectos que se esperan de ellos. Esta orientación debe actualizarse periódicamente y debe  hacer referencia o estar vinculada al presente código;
3.7. Los editores deben proporcionar orientación sobre los criterios de autoría y / o quién debe incluirse como colaborador siguiendo las normas dentro del campo pertinente.

Las Mejores Prácticas para los editores incluirían las siguientes acciones:
• Revisar las instrucciones de los autores regularmente y proporcionar enlaces a las directrices pertinentes (por ejemplo, ICMJE5, Publicación de investigación responsable: Normas internacionales para los autores6)
;
• Publicar intereses contrapuestos relevantes en relación con todos los colaboradores y publicar correcciones si dichos intereses se revelan tras la publicación;
• Asegurar que se seleccionan revisores apropiados para los artículos presentados (es decir, individuos que pueden valorar el trabajo y no son capaces de rechazarlo por intereses contrapuestos);
• Respetar las peticiones de los autores de que un evaluador no revise su trabajo, siempre que estas estén bien razonadas y sean posibles;
• Guiarse por los diagramas de flujo de COPE (http://publicationethics.org/flowcharts) en casos de sospecha de mala conducta o de controversia en la autoría;
• Publicar información detallada sobre cómo se gestionan  los casos de sospecha de mala conducta (por ejemplo, con vínculos al diagrama de flujo de COPE);
• Publicar las fechas de entrega y aceptación de los artículos.


4. Relaciones con los revisores
4.1. Los editores deben proporcionar orientación a los revisores sobre todo lo que se espera de ellos, incluyendo la necesidad de manejar el material enviado en confianza con confidencialidad; esta orientación debe actualizarse periódicamente y debe  hacer referencia o estar vinculada al presente código;

4.2. Los editores deben exigir a los revisores que revelen cualquier posible interés contrapuesto antes de revisar un trabajo;
4.3. Los editores deben contar con sistemas que garanticen la protección de  las identidades de los revisores, a menos que utilicen un sistema abierto de revisión, del que han sido informados tanto los autores como los revisores.


Las Mejores Prácticas para los editores incluirían las siguientes acciones:
• Alentar a los revisores a realizar comentarios sobre cuestiones éticas y posibles acciones de mala conducta en relación con la investigación y la publicación identificadas en los trabajos presentados (por ejemplo, diseño de investigación poco ético, detalles insuficientes sobre el consentimiento de los pacientes del estudio o sobre la protección de los sujetos de la investigación-incluidos los animales-, manipulación y presentación inadecuada de los datos, etc.);
• Animar a los revisores a realizar comentarios sobre la originalidad de los trabajos presentados y a estar alerta de las posibles publicaciones repetidas y del plagio;
• Considerar la posibilidad de proporcionar a los revisores herramientas para detectar publicaciones relacionadas (por ejemplo,  vínculos a referencias citadas y búsquedas bibliográficas);

• Enviar los comentarios de los revisores a los autores en su totalidad a menos que sean ofensivos o difamatorios;
• Favorecer el reconocimiento de la contribución de los revisores a la revista;
• Alentar a las instituciones académicas a reconocer las actividades de revisión por pares como parte del proceso académico;
• Realizar un seguimiento de la labor desempeñada por los evaluadores y tomar medidas que aseguren un proceso de alta calidad;
• Desarrollar y mantener una base de datos de revisores adecuados y actualizarla en función del rendimiento de los mismos;  
• Dejar de enviar trabajos a revisores que emiten, de forma constante, críticas carentes de educación, de mala calidad o fuera de plazo;
• Asegurar que la base de datos de revisores es un reflejo de la comunidad académica para la revista y añadir nuevos revisores si resulta necesario;   
• Utilizar una amplia gama de fuentes (no solo contactos personales) para identificar nuevos posibles revisores (por ejemplo, sugerencias de los autores, bases de datos bibliográficas);
• Seguir el diagrama de flujo de COPE en casos de sospecha de mala conducta por parte del revisor.


5. Relaciones con los miembros del Consejo Editorial
5.1. Los editores deben proporcionar a los nuevos miembros del Consejo Editorial las directrices y normas sobre todo lo que se espera de ellos y deben mantener informados a los miembros existentes sobre las nuevas políticas y normas de la revista.


Las Mejores Prácticas para los editores incluirían las siguientes acciones:
• Tener una política clara para gestionar las entregas de trabajos por parte de los miembros del Consejo Editorial que asegure una revisión imparcial de los mismos;
• Identificar de forma apropiada a los miembros del Consejo Editorial debidamente cualificados que puedan contribuir activamente al desarrollo y buena gestión de la revista;
• Revisar periódicamente la composición del Consejo Editorial:
Proporcionar una orientación clara a los miembros del Consejo Editorial sobre sus funciones y obligaciones, entre las que se encuentran las siguientes:
Actuar como embajadores de la revista
Apoyar y promover la revista
Buscar los mejores autores y los mejores trabajos (por ejemplo, a partir de los resúmenes de reuniones científicas) y  motivarles activamente para que envíen sus artículos
Revisar los envíos de trabajos a la revista
Aceptar encargos para redactar editoriales, reseñas y comentarios sobre documentos del área de especialización de la publicación
Asistir y participar en las reuniones del Consejo Editorial
• Consultar a los miembros del Consejo Editorial de forma periódica (por ejemplo, una vez al año) con el fin de valorar sus opiniones sobre el funcionamiento de la revista e informarles sobre cualquier cambio en la política de la revista y sobre los retos futuros;


6. Relaciones con los propietarios de las revistas y editoriales
6.1. La relación de los editores con los propietarios de las revistas o los grupos editoriales es a menudo compleja, pero debe basarse firmemente en el principio de independencia editorial.
6.2. Los editores deben decidir qué artículos se publican  basándose en la calidad y en su adecuación a la revista, sin interferencia por parte del propietario o del grupo editorial encargado de la publicación.
6.3. Los editores deben tener un contrato escrito que establezca su relación con el propietario de la revista y/o grupo editorial.
6.4. Los términos de este contrato deben ser coherentes con el Código de Conducta COPE para Editores de Revistas.

Las Mejores Prácticas para los editores incluirían las siguientes acciones:
• Establecer mecanismos para gestionar los desacuerdos que puedan producirse entre ellos y el propietario/grupo editorial con el fin de garantizar el proceso7;
• Comunicarse regularmente con el propietario y/o grupo editorial encargado de la revista.


7. El proceso editorial y la revisión por pares
7.1. Los editores deben esforzarse por asegurar que la revisión por pares en su revista sea justa, imparcial y oportuna.
7.2. Los editores deben contar con sistemas que aseguren que los materiales enviados a la revista preservan su confidencialidad durante todo el proceso de revisión.


Las Mejores Prácticas para los editores incluirían las siguientes acciones:
• Garantizar que las personas que participan en el proceso editorial (incluidos ellos mismos) reciben una formación adecuada y están al corriente sobre las últimas directrices, recomendaciones e informaciones en relación con la revisión por pares y la gestión de la publicación;
• Mantenerse informados sobre los avances en la investigación en el campo tecnológico y en de la revisión por pares;
• Adoptar los métodos de revisión por pares más adecuados para la revista y la comunidad científica a la que da respuesta;
• Revisar periódicamente las prácticas de revisión por pares con el fin de comprobar si es posible mejorarlas;
• Remitir los casos problemáticos a COPE, especialmente cuando surjan cuestiones no contempladas en el diagrama de flujo de COPE o cuando se sospecha que existen nuevos tipos de mala conducta en la publicación;
• Considerar el nombramiento de un defensor externo para resolver las quejas que no se hayan podido resolver internamente.


8. Garantía de calidad
8.1. Los editores deben tomar todas las medidas razonables para garantizar la calidad del material que publican, reconociendo que las revistas y las secciones dentro de las revistas podrán tener objetivos y estándares diferentes.

Las Mejores Prácticas para los editores incluirían las siguientes acciones:
• Disponer de sistemas para detectar la falsificación de información (por ejemplo, imágenes manipuladas de forma inapropiada o texto plagiado),  ya sea de forma rutinaria o cuando surjan sospechas;
• Basar las decisiones sobre el estilo de la revista en factores relevantes que garantizan la calidad del mismo (por ejemplo, la adopción de resúmenes estructurados, la aplicación de directrices como CONSORT2) en lugar de basarlas en  motivos estéticos o preferencias personales.


9. Protección de datos individuales
9.1. Los editores deben cumplir las leyes sobre confidencialidad establecidas en su propio ordenamiento jurídico. Sin embargo, independientemente de las leyes locales, siempre deben proteger la confidencialidad de la información individual obtenida en el transcurso de la investigación o de las interacciones profesionales (por ejemplo, entre médicos y pacientes). Por lo tanto, resulta necesario en la mayor parte de los casos obtener el consentimiento informado por escrito para la publicación por parte de personas que pudieran reconocerse o ser identificadas por otros (por ejemplo, en informes de casos o en fotografías). Cabría la posibilidad de publicar información individual sin el consentimiento explícito si el interés público de la publicación es mayor que los posibles daños, resulta imposible obtener el consentimiento o si fuera improbable que cualquier individuo razonable se opusiera a la publicación.

Las Mejores Prácticas para los editores incluirían las siguientes acciones:
• Publicar su política sobre la publicación de datos individuales (por ejemplo, datos o imágenes personales identificables) y explicar estos aspectos claramente a los autores;
Tenga en cuenta que el consentimiento para participar en una investigación o someterse a un tratamiento no es el mismo que el consentimiento para publicar datos personales, imágenes o citas.

10. Fomentar la investigación ética (por ejemplo, la investigación con seres humanos o animales)
10.1. Los editores deben esforzarse por asegurar que las investigaciones publicadas se realizan siguiendo las directrices pertinentes internacionalmente aceptadas (por ejemplo, la Declaración de Helsinki8  para la investigación clínica o las directrices AERA y BERA para la investigación educativa9-11).
10.2. Los editores deben asegurarse de que todas las investigaciones han sido aprobadas por un organismo apropiado (por ejemplo, el Comité de ética de la investigación o el Comité de revisión institucional). Sin embargo, los editores deben ser conscientes de que tal aprobación no garantiza que la investigación sea ética.

Las Mejores Prácticas para los editores incluirían las siguientes acciones:
• Estar preparado para solicitar pruebas de la aprobación ética de la investigación y para preguntar a los autores sobre los aspectos éticos (por ejemplo, la forma en la que se obtuvo el consentimiento del participante en la investigación o qué métodos se utilizaron para minimizar el sufrimiento de los animales) si surgen dudas o si se necesitan aclaraciones específicas;
• Garantizar que los informes de los ensayos clínicos mencionan el cumplimiento de la Declaración de Helsinki8, las Buenas Prácticas Clínicas12 y otras directrices pertinentes para salvaguardar a los participantes;
• Asegurar que los informes de los experimentos o estudios sobre animales mencionen el cumplimiento de la Guía para el Cuidado y Uso de Animales de Laboratorio del Departamento de Salud y Servicios Humanos de Estados Unidos13 u otras directrices relevantes.
• Nombrar a un consejero o un comité de ética de la revista para informar sobre casos específicos y revisar las políticas de la revista de forma periódica.


11. Cómo abordar posibles malas conductas
11.1. Los editores tienen la obligación de actuar si sospechan que se ha producido alguna conducta indebida o si reciben una denuncia de mala conducta. Esta obligación se extiende tanto a los documentos publicados como a los no publicados.
11.2. Los editores no deben limitarse a rechazar los documentos que suscitan dudas acerca de una posible mala conducta. Tienen la obligación ética de perseguir los supuestos casos.
11.3. Los editores deben seguir los diagramas de flujo COPE14 en aquellos casos en los que sean de aplicación.
11.4. Los editores deben primero intentar obtener una respuesta de los sospechosos de mala conducta. Si no están satisfechos con la respuesta, deben instar a sus empleadores, a la institución a la que pertenecen o a alguna entidad apropiada (por ejemplo un organismo regulador o una organización nacional que vele por la integridad de la investigación) para que inicien una investigación más exhaustiva.
11.5. Los editores deben hacer todos los esfuerzos razonables para garantizar que se lleva a cabo una investigación exhaustiva de los supuestos casos de mala conducta; Si esto no sucede, los editores deben intentar, por todos sus medios,  conseguir una solución al problema. Se trata de una obligación onerosa, pero importante.


12. Asegurar la integridad del documento académico
12.1. Los errores, declaraciones inexactas o engañosas deben ser corregidos de forma inmediata y con prominencia.
12.2. Los editores deben seguir las pautas COPE en relación con las retracciones15.

Las Mejores Prácticas para los editores incluirían las siguientes acciones:
• Tomar medidas para reducir las publicaciones repetidas encubiertas (por ejemplo, exigiendo que todos los ensayos clínicos estén registrado)16; 
• Asegurar que el material publicado esté archivado de forma segura (por ejemplo, a través de repositorios permanentes en línea, como PubMed Central) 17;
• Disponer de sistemas adecuados para dar a los autores la oportunidad de publicar libremente artículos de investigación originales y ponerlos a disposición de la comunidad científica.


13. Propiedad intelectual
13.1. Los editores deben estar atentos a los problemas de propiedad intelectual y trabajar con el grupo editorial para resolver posibles infracciones de las leyes y convenciones sobre propiedad intelectual.

Las Mejores Prácticas para los editores incluirían las siguientes acciones:
• Adoptar sistemas de detección del plagio (por ejemplo, software, búsqueda de títulos similares) para los artículos presentados (ya sea de forma rutinaria o cuando surgen dudas sobre un determinado documento);
• Apoyar a los autores cuyos derechos de autor han sido vulnerados o que han sido víctimas de plagio;
• Estar preparados para trabajar junto con el grupo editorial para defender los derechos de los autores y perseguir a los infractores (por ejemplo, solicitando retracciones o la retirada del material de los sitios web) independientemente de si la revista posee los derechos de autor.




14. Fomento del debate
14.1. Los editores deben alentar y estar dispuestos a considerar las críticas contundentes de los trabajos publicados en la revista.
14.2. Los autores de los materiales objeto de críticas deben tener la oportunidad de responder a las mismas.
14.3. Los estudios que incluyan resultados negativos no deben ser excluidos.

Las Mejores Prácticas para los editores incluirían las siguientes acciones:
• Estar abierto a la investigación que desafía a algún trabajo previo publicado en la revista.


15. Quejas y reclamaciones
15.1. Los editores deben responder con celeridad a las quejas y deben asegurarse de que existe un mecanismo para dar respuesta a las reclamaciones presentadas. Este mecanismo debería quedar detallado en la revista y debería incluir información sobre cómo remitir los asuntos sin resolver a COPE.
15.2. Los editores deben seguir el procedimiento establecido en el diagrama de flujo COPE en relación con las quejas y reclamaciones.


16. Intereses comerciales
16.1. Las revistas deben contar con políticas y sistemas adecuados para asegurar que los intereses comerciales no influyen en las decisiones editoriales (por ejemplo, el departamento de publicidad y el departamento editorial deberían trabajar de forma independiente).
16.2. Los editores deberían tener políticas claras de publicidad en relación con el contenido de la revista y sobre los procesos de publicación de suplementos patrocinados.
16.3. Las reimpresiones deben publicarse tal y como aparecen en la revista, a menos que sea necesario incluir correcciones, en cuyo caso deben estar claramente identificadas.

Las Mejores Prácticas para los editores incluirían las siguientes acciones:
• Publicar una descripción general de las fuentes de ingresos de la revista (por ejemplo, las cantidades recibidas de la publicidad en pantalla, las ventas de reimpresiones, suplementos patrocinados, pagos por páginas, etc.);
• Garantizar que el proceso de revisión por pares de los suplementos patrocinados es el mismo que el de la publicación principal;
• Garantizar que los artículos de los suplementos patrocinados se aceptan únicamente por el mérito académico y el interés de los lectores y que las decisiones editoriales sobre tales suplementos no dependen de intereses comerciales.


17. Conflictos de intereses
17.1. Los editores deben contar con sistemas para gestionar sus propios conflictos de intereses, así como los de su personal, autores, revisores y miembros del Consejo Editorial.
17.2. Las revistas deben contar con un proceso declarado para gestionar las entregas de trabajos por parte de los editores, empleados o miembros del Consejo Editorial con el fin de asegurar la imparcialidad en las revisiones.

Las Mejores Prácticas para los editores incluirían las siguientes acciones:
• Publicar listados de intereses relevantes (financieros, académicos y de otro tipo) de todo el personal editorial y de los miembros de los Consejos Editoriales (que deben actualizarse al menos una vez al año).


Referencias / lectura adicional

1. MIAME (Minimum information about a microarray experiment): http://www.mged.org/Workgroups/ MIAME/miame.html

2. CONSORT statement (and other reporting guidelines) can be found at: www. equator-network.org  


4. Marusic A, et al. How the structure of contribution disclosure statements affects validity of authorship: a randomized study in a general medical journal. Curr Med Res Opin 2006;22:1035-44

5. ICMJE (International Committee of Medical Journal Editors) uniform requirements for manuscripts submitted to biomedical journals: http://www.icmje.org/urm_main.html

6. Responsible research publication: international standards for authors (Position statement developed at the 2nd World Conference on Research Integrity, Singapore, July 2010) In press, 2011)

7. World Association of Medical Editors statement on the relationship between journal editors-in-chief and owners: http://www.wame.org/resources/policies

8. World Medical Association Declaration of Helsinki: http://www.wma.net/e/ethicsunit/helsinki.htm

9. American Educational Research Association ethical standards: http://www.aera.net/AboutAERA/ Default.aspx?menu_id=90&id=222

10. British Educational Research Association ethical guidelines http://www.bera.ac.uk/publications/ guidelines/

11. American Psychological Association ethical principles: http://www.apa.org/ethics/code/index.aspx


13. US Department of Health and Human Services Guide for the Care and Use of Laboratory Animals: http://www.nap.edu/readingroom/books/labrats/



16. De Angelis C, et al. Clinical trial registration: a statement from the International Committee of Medical Journal Editors. Lancet 2004;364:911-2

17. PubMed Central: http://www.pubmedcentral.nih.gov/

APÉNDICE
Se ha añadido la siguiente cláusula al Código de Conducta para Editores de Revistas y se incorporará al mismo en la próxima revisión.
1. Las decisiones editoriales no deben verse afectadas por el origen del manuscrito, incluida la nacionalidad, etnia, creencias políticas, raza o religión de los autores. Las decisiones de editar y publicar no deben estar determinadas por políticas gubernamentales o de otras agencias, es decir por políticas que no sean las de la propia revista (julio de 2013).




[1] NOTA: El presente documento combina las Directrices originales de COPE de 1999, el Código de Conducta desarrollado en 2003 y las Directrices sobre las Mejores Prácticas elaboradas en 2007. La presente revisión se llevó a cabo tras diferentes consultas a los miembros de COPE y se aprobó por el Consejo de COPE el 7 de marzo de 2011.





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